jueves, 1 de octubre de 2026

Ley 1862 así nos tratan.

 



AL ILUSTRE COLEGIO NOTARIAL DE CATALUNYA

RECLAMANTE: D. Andrés Hinarejos Montano, con DNI número ......814Z.

ASUNTO: Reclamación formal por falta de adaptación de protocolos de accesibilidad universal, vulneración del derecho a la intimidad a una persona con gran discapacidad motriz.

Por la presente, me dirijo a este Colegio Notarial para interponer una reclamación formal en relación con la grave desprotección, falta de accesibilidad de otorgamiento y firma de la escritura de compraventa de mi vivienda y después de una escritura testamentaria en la ciudad de Barcelona.

HECHOS:

Circunstancia personal: A consecuencia de un accidente laboral, presento una situación de gran discapacidad física que me impide la movilidad en todo el cuerpo a excepción de la cabeza, manteniendo intactas y plenamente vigentes mis facultades cognitivas, intelectuales y de toma de decisiones.

Vulneración de la intimidad por rigidez protocolaria: Al acudir a formalizar la compra de mi vivienda y después de una escritura testamentaria, el despacho notarial me impuso de forma estricta la intervención obligatoria de dos testigos instrumentales ajenos para validar la impresión de mi huella dactilar y proceder a la firma "a ruego". Esta exigencia, basada en interpretaciones anacrónicas de la legislación vigente, me obligó a exponer mis datos económicos, financieros y de vida personal ante terceras personas, vulnerando mi derecho constitucional a la intimidad (Art. 18 CE) por el único hecho de presentar una limitación física funcional.

FUNDAMENTOS DE LA RECLAMACIÓN:

Incumplimiento de la Accesibilidad Universal: El modelo notarial actual y la práctica ejecutada en el despacho interviniente contravienen los principios básicos de la Convención Internacional sobre los Derechos de las Personas con Discapacidad, al no proveer ni fomentar soluciones tecnológicas y biométricas privadas (como sistemas de firma por voz, mirada o captación encriptada) que eviten intermediaciones innecesarias que atenten contra la privacidad del otorgante.

SOLICITUD:

Por todo lo expuesto, SOLICITO a este Ilustre Colegio Notarial:

Que reciba este escrito, abra expediente de queja y analice las prácticas de accesibilidad aplicadas en el caso descrito para evitar que situaciones similares vuelvan a repetirse.

Que impulse de manera proactiva entre sus colegiados la modernización de los sistemas de soporte físico, promoviendo el uso de herramientas tecnológicas que permitan la firma autónoma y confidencial a las personas con gran discapacidad motriz.

Que se adopten directrices internas estrictas para garantizar que todos los despachos notariales de Catalunya atiendan a los ciudadanos bajo criterios rigurosos de empatía, respeto a la intimidad y dignidad humana.

En Barcelona, a 1 de octubre de 2026.

Fdo.: Andrés Hinarejos Montano


A LA ATENCIÓN DEL SÍNDIC DE GREUGES DE CATALUNYA

INTERPONE: D. Andrés Hinarejos Montano, con DNI número ......14Z.

ASUNTO: Queja por vulneración del derecho a la intimidad, falta de accesibilidad universal y trato deshumanizado en el ámbito notarial a una persona con gran discapacidad motriz.

Por la presente, me dirijo a esta institución para interponer una queja formal en relación con la grave desprotección, falta de accesibilidad y vulneración de los derechos fundamentales a la intimidad y a la autonomía personal que sufrí durante el proceso de firma de la escritura de compraventa de mi vivienda y después de una escritura de un testamento en Barcelona.

HECHOS:

  1. Circunstancia personal: A consecuencia de un accidente laboral, presento una situación de gran discapacidad física que me impide la movilidad en todo el cuerpo a excepción de la cabeza, manteniendo intactas y plenas mis facultades mentales, intelectuales y de toma de decisiones.

  2. Falta de accesibilidad e intimidad: Para formalizar la compra de mi piso y después escriturar un testamento, el sistema notarial —basado en una legislación obsoleta— me exigió obligatoriamente la intervención de dos testigos ajenos para validar el uso de mi huella dactilar y firmar "a ruego". Esta imposición me obligó a exponer públicamente mis datos financieros, personales y de vida ante terceras personas, vulnerando de forma flagrante mi derecho constitucional a la intimidad (Art. 18 CE) por el mero hecho de no poder realizar una firma manuscrita.

FUNDAMENTOS DE LA QUEJA:

  • Vulneración de la Convención Internacional sobre los Derechos de las Personas con Discapacidad: El sistema actual incumple los mandatos de garantizar el respeto de la dignidad inherente, la autonomía individual y la no discriminación, al no ofrecer alternativas tecnológicas privadas (como sistemas de firma biométrica avanzada, por voz o por mirada) que eviten la intermediación forzosa de testigos.

  • Anacronismo legal: La aplicación rígida de protocolos del siglo XIX aplasta al individuo en lugar de protegerlo, tratándonos como sujetos pasivos y privándonos del derecho a realizar trámites con la misma confidencialidad que cualquier otro ciudadano.

SOLICITUD:

Por todo lo expuesto, SOLICITO al Síndic de Greuges:

  1. Que admita a trámite esta queja e investigue los protocolos de accesibilidad aplicados por el notario interviniente y el Ilustre Colegio Notarial de Barcelona.

  2. Que inste a las administraciones competentes y a los cuerpos legislativos a acometer las reformas tecnológicas urgentes para que las personas con movilidad reducida podamos firmar documentos públicos de manera autónoma, privada y sin intermediarios obligatorios.

En Barcelona, a 1 de octubre de 2026

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